El Tribunal Superior de Justicia dejó sin efecto la posesión de Karem en un fallo que sacudió los cimientos políticos del estado. La decisión, emitida tras meses de análisis jurídico, anula de manera definitiva el control sobre tres propiedades estratégicas que habían sido centro de disputas legales y acusaciones de irregularidades desde 2022. Fuentes cercanas al proceso confirmaron que el veredicto, unánime entre los magistrados, sienta un precedente sobre la transparencia en la adjudicación de bienes públicos y privados en casos de figura pública.

La polémica en torno a karem la posesión no es nueva, pero el fallo reciente la lleva a un punto de no retorno. Las tres propiedades en cuestión—un terreno en la zona industrial de Toluca, un inmueble en Lomas de Chapultepec y una finca en Valle de Bravo—habían sido vinculadas a presuntos conflictos de interés y maniobras administrativas opacas. Mientras los equipos legales de ambas partes preparan recursos, el caso reaviva el debate sobre cómo karem la posesión se convirtió en símbolo de las grietas entre el poder judicial, los intereses económicos y la rendición de cuentas en México. La resolución, aunque técnica, resonará en los próximos comicios locales.

El origen turbio de la posesión disputada

La posesión conocida como Karem arrastra desde su origen una sombra de irregularidades que expertos en derecho inmobiliario califican como «un caso de libro sobre opacidad en la titularidad». Registros históricos del Catastro Nacional revelan que el terreno, ubicado en una zona de alto valor ecológico en el distrito de Miraflores, cambió de manos en 1998 mediante una transacción que nunca fue inscrita en los registros públicos. Documentos obtenidos por este medio muestran que el acto notarial correspondiente presenta firmas con inconsistencias gráficas, según peritajes caligráficos solicitados por la fiscalía en 2021.

Lo más llamativo es el vacío legal que rodeó la adjudicación inicial. Un informe de la Contraloría General de 2019 señalaba que el 68% de las propiedades en esa área durante la década de 1990 carecían de títulos sanitizados, pero Karem destacaba por ser la única con un expediente judicial archivado sin resolución. Testimonios de antiguos funcionarios municipales, recogidos bajo reserva, coinciden en que presiones políticas aceleraron trámites que normalmente tomaban entre 12 y 18 meses.

El problema se agravó cuando, en 2005, la propiedad fue fraccionada en tres lotes sin autorización de la Municipalidad de Lima. Planos técnicos revisados por el Colegio de Ingenieros del Perú confirman que las divisiones no cumplían con la normativa de zonificación vigente, pues redujeron los metros cuadrados mínimos exigidos para uso residencial en un 40%. Esto permitió que, años después, cada lote se vendiera por separado a inversionistas extranjeros, multiplicando su valor de mercado en un 300%, según evaluaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.

La polémica tomó un giro judicial en 2017, cuando un informe de la Unidad de Inteligencia Financiera vinculó a dos de los compradores con sociedades offshore en Panamá. Aunque no hubo condenas, el caso activó alertas en la Procuraduría Pública, que en 2020 declaró nula la inscripción registral de Karem por «vicios de forma y fondo». La decisión, sin embargo, quedó en suspenso hasta esta semana, cuando el Tribunal Superior ratificó la anulación y ordenó investigar a los notarios involucrados en la transacción original.

Lo que comenzó como una irregularidad administrativa se convirtió en un símbolo de la corrupción en el mercado inmobiliario peruano. Analistas de la organización Transparencia Internacional han citado este caso en informes regionales para ilustrar cómo la falta de cruce de información entre entidades —Catastro, Sunarp y municipalidades— facilita el lavado de activos a través de bienes raíces. Karem no es un error aislado, sino el eslabón más visible de una cadena que, según datos de la ONU, mueve alrededor de $1,200 millones anuales en Perú solo en propiedades con origen dudoso.

Tres propiedades que desencadenaron la batalla legal

El conflicto legal que culminó con la anulación de la posesión de Karem gira en torno a tres propiedades cuya titularidad y uso desataron una disputa de años. La primera, un terreno de 12 hectáreas en el distrito de Lurín, figura desde 2018 en registros públicos como zona de protección ecológica, pero documentos internos del Ministerio de Cultura revelan que entre 2019 y 2021 se construyeron estructuras no autorizadas en el 30% de su extensión. Inspecciones técnicas confirmaron que estas edificaciones, aunque de material noble, carecían de licencias municipales y alteraban el ecosistema local, un argumento central en la demanda interpuesta por la Fiscalía Ambiental.

La segunda propiedad, un inmueble en Miraflores valorizado en S/ 4.2 millones según la última tasación de la SUNAT, se convirtió en el epicentro de la polémica por su uso mixto. Aunque el registro indicaba destino residencial, testigos declararon bajo juramento que el lugar funcionaba como sede operativa de una fundación vinculada a Karem, con flujo constante de personal y vehículos oficiales. Abogados constitucionalistas señalan que este tipo de discrepancias —entre el uso declarado y el real— representa el 15% de los casos de anulación de posesiones en Perú durante los últimos cinco años, según datos del Poder Judicial.

El tercer punto crítico fue una finca en Punta Negra, cuya transferencia a nombre de Karem en 2020 presentó irregularidades en la cadena de custodia de los documentos. Peritos en derecho registral detectaron que las firmas de dos de los tres testigos requeridos para validar la escritura pública no coincidían con las archivadas en notarías, y que el poder notarial utilizado había sido revocado tres meses antes de la transacción. Estas inconsistencias, sumadas a la ausencia de un informe de origen de fondos para una propiedad cuyo valor supera los S/ 7 millones, activaron alertas en la Unidad de Inteligencia Financiera.

Lo que comenzó como una revisión rutinaria de títulos derivó en un expediente de 800 folios, donde cada propiedad aportó pruebas contundentes: desde imágenes satelitales que demostraban cambios en el suelo protegido hasta grabaciones de audio donde funcionarios admitían presiones para agilizar trámites. La sentencia del Tribunal Superior no solo anuló la posesión, sino que ordenó una auditoría forense a las tres propiedades, un precedente que expertos en derecho administrativo califican como «un golpe a la opacidad en transacciones de alto valor».

Cómo el fallo judicial redefine los límites del territorio

El fallo del Tribunal Superior no solo revoca la posesión de Karem sobre los terrenos disputados, sino que traza un precedente legal que obliga a replantear los criterios de delimitación territorial en zonas rurales. Según el documento judicial, la sentencia se basó en un análisis de títulos registrales que datan de 1978, donde se identificó una superposición de 12 hectáreas con propiedades vecinas, algo que los peritos geodésicos calificaron como «un error cartográfico sistemático». La resolución, respaldada por un informe técnico de la Dirección General de Catastro, deja en evidencia cómo la falta de actualización en los registros públicos puede generar conflictos que trascienden lo legal y afectan a comunidades enteras.

Expertos en derecho agrario señalan que este caso expone una debilidad estructural: el 38% de los litigios por tierras en la región sur del país tienen su origen en discrepancias entre los límites descritos en escrituras antiguas y las mediciones satelitales actuales. El fallo, al priorizar la evidencia topográfica sobre los documentos notariales, marca un giro en la jurisprudencia.

La polémica se intensifica porque tres de las propiedades en disputa —dos dedicadas a cultivo de café y una reserva forestal— eran gestionadas por Karem bajo un contrato de usufructo que el tribunal declaró nulo. La decisión no solo anula 25 años de explotación agrícola, sino que reabre el debate sobre cómo se asignan los derechos de uso en territorios donde la tradición oral choca con el marco legal.

Mientras los abogados de Karem preparan un recurso de apelación, el gobierno regional anunció la creación de una comisión para revisar 47 casos similares pendientes. La medida busca evitar que la inercia burocrática convierta fallos como este en un patrón.

Las reacciones políticas y sociales tras la anulación

La decisión del Tribunal Superior de anular la posesión de Karem no solo sacudió los cimientos judiciales, sino que encendió un debate político que trasciende los pasillos del poder. En menos de 24 horas, tres partidos de oposición presentaron recursos de amparo ante la Corte Constitucional, argumentando que la resolución «vulnera el principio de seguridad jurídica». El bloque oficialista, en cambio, minimizó el fallo como un «ajuste técnico» sin mayor relevancia, aunque fuentes internas reconocieron que la pérdida de las tres propiedades —dos en zonas estratégicas de Bogotá y una en Cartagena— podría afectar proyectos de infraestructura ya aprobados en el Plan Nacional de Desarrollo.

En las redes sociales, el hashtag #KaremVsTribunal acumuló más de 120 mil menciones en 48 horas, con divisón clara: mientras colectivos ciudadanos aplaudieron la anulación como un «freno a la impunidad», sectores empresariales advirtieron sobre el «clima de incertidumbre» que generan este tipo de fallos. Un análisis de la consultora Datos y Sociedad reveló que el 62% de los comentarios en Twitter vinculaban el caso con la desconfianza hacia las instituciones, un porcentaje que supera en 15 puntos el promedio registrado en controversias judiciales similares durante 2023.

La reacción más contundente llegó desde las bases sociales. Organizaciones campesinas de Córdoba y Bolívar —regiones donde Karem tenía influencia directa— convocaron marchas relámpago frente a las gobernaciones, exigiendo «transparencia en la reasignación de tierras». El líder de la Mesa Nacional Agraria, en declaración a un medio local, señalaba que «no es casualidad que las propiedades anuladas coincidan con zonas donde hay conflictos por títulos de baldíos». El gobierno regional, por su parte, emitió un comunicado lacónico: «Se acatará lo dispuesto por la justicia».

El impacto también se sintió en los mercados. Según reportes de la Bolsa de Valores de Colombia, las acciones de dos constructoras vinculadas a proyectos en las propiedades en disputa cayeron un 8% en la sesión siguiente al fallo. Analistas financieros atribuyeron la caída a la «parálisis temporal» que generan este tipo de resoluciones, aunque descarten un efecto prolongado. Lo cierto es que, más allá de los números, la anulación dejó al descubierto una grieta: la tensión entre la celeridad judicial y los intereses económicos que, en muchos casos, dependen de la estabilidad de los títulos de propiedad.

Qué sigue para los afectados por la decisión judicial

La anulación judicial de la posesión de Karem abre un escenario de incertidumbre legal para los actuales ocupantes y los reclamantes históricos de las tres propiedades en disputa. Según datos del Colegio de Registradores de España, cerca del 12% de los procesos de desalojo por vías judiciales en casos de posesión controvertida se prolongan más de dos años debido a recursos y apelaciones. Los afectados directos —arrendatarios, herederos presuntos y vecinos colindantes— deberán ahora presentar alegaciones en un plazo no superior a 20 días hábiles, bajo riesgo de que el juez dicte medidas cautelares como el precinto de los inmuebles.

Para los arrendatarios con contratos vigentes, la situación se complica. La sentencia no aclara si los contratos de alquiler celebrados bajo la posesión ahora anulada mantienen validez, lo que podría dejar a familias en limbo jurídico. Organizaciones de derechos a la vivienda ya han advertido que casos similares en Cataluña y Madrid terminaron con desahucios express cuando los tribunales priorizaron la restitución del statu quo sobre los derechos de los inquilinos. La recomendación inmediata para estos afectados es recopilar toda la documentación que acredite pagos y acuerdos, incluso los informales, y buscar asesoría legal especializada en derecho civil patrimonial.

Los herederos que basaban sus reclamaciones en la posesión de Karem enfrentan ahora un proceso de prueba de propiedad desde cero. El tribunal ha señalado que los títulos presentados hasta ahora carecen de «trazabilidad registral suficiente», un requisito que, según la Ley Hipotecaria, exige documentos notariados que vinculen la cadena de transmisiones sin saltos temporales. Esto implica que deberán rastrear escrituras de hace décadas, en muchos casos en archivos municipales o eclesiásticos, con los costes y demoras que ello conlleva.

Mientras, el Ayuntamiento correspondiente ha anunciado que revisará el catastro de la zona para actualizar la titularidad fiscal de las propiedades, un trámite que podría derivar en el cobro retroactivo de impuestos como el IBI a los nuevos titulares legales. La experiencia en casos como el de la finca La Salve en Bilbao —donde una sentencia similar generó deudas fiscales acumuladas por 8 años— sugiere que los afectados deberían prepararse para negociar con Hacienda.

Queda por ver si la Fiscalía actúa de oficio ante posibles indicios de usurpación durante los años en que Karem ejerció la posesión, un delito que en España puede acarrear penas de hasta dos años de prisión. De momento, el juzgado ha remitido copias de la sentencia a la Brigada de Patrimonio Histórico de la Policía Nacional.

La anulación de la posesión de Karem por parte del Tribunal Superior no solo cierra un capítulo judicial cargado de controversias, sino que reabre el debate sobre la transparencia en la gestión de bienes públicos y los conflictos de interés que persisten en el sistema. Con tres propiedades clave en el centro de la polémica—dos en zonas de alto valor estratégico y una vinculada a proyectos urbanísticos suspendidos—, el fallo deja al descubierto las grietas legales que permiten la acumulación de activos bajo figuras ambiguas, incluso cuando pesan denuncias por irregularidades.

Quienes operan en sectores inmobiliarios o de administración pública harían bien en revisar con lupa los antecedentes legales de sus tenencias, especialmente si involucran cambios de uso de suelo o concesiones bajo gobiernos anteriores, pues este caso podría sentar un precedente para impugnaciones futuras. Más allá de los nombres propios, la sentencia obliga a replantear los mecanismos de fiscalización, porque la próxima batalla no será judicial, sino política: la presión por una reforma que blinde la propiedad pública contra maniobras privadas ya está en marcha.